martes, 1 de noviembre de 2016

Proyecto de ley crearía 'antídoto' contra la corrupción en la contratación pública

Está enfocado principalmente en eliminar las malas prácticas a nivel subnacional para otorgar contratos.

Obras públicas
Esta semana recibió la aprobación unánime por parte de la Comisión Primera del Senado el proyecto de ley que busca hacerle ajustes a seis aspectos claves de la contratación en Colombia.

El proyecto de reforma al estatuto de contratación de la administración pública busca, principalmente, estandarizar los procesos, definiendo ‘documentos tipo’ definitivos que sean de uso obligatorio, reglamentados por el Gobierno Nacional. 

De acuerdo con Juan Martín Caicedo, presidente de la Cámara Colombiana de la Infraestructura (CCI), este ajuste crea la figura del pliego tipo vinculante por ley, o sea pliego tipo obligatorio. 

“¿Qué quiere decir esto? Que los funcionarios corruptos no podrán construir los pliegos discrecionalmente, sino que tendrán que ajustarse a la reglamentación que el Gobierno tendrá que hacer del proyecto”, explicó Caicedo.

De acuerdo con las cifras del ministro de Transporte, Jorge Eduardo Rojas, el 80 % de los contratos hoy conducen a únicos oferentes que terminan siendo los adjudicatarios.
Caicedo explicó que esto pasa por la manipulación que se les hace a las condiciones habilitantes de los procesos licitatorios para que “esos contratos queden en manos de determinadas personas”.

“Con este sistema se le crea un antídoto a la corrupción, porque no se podrán manipular los pliegos (...) Este paso es muy afortunado en aras de democratizar la contratación, y de que en las regiones las pequeñas y medianas empresas puedan participar democráticamente en los procesos”, precisó Caicedo Ferrer.
Más ajustes

De aprobarse en su totalidad el proyecto de ley, presentado por el Ministerio de Transporte, se les pondrían reglas a la interventoría y servicios de asesoría externa para los contratos.

Por un lado, no se podrán contratar hasta con segundo grado de consaguinidad; y por el otro, tendrán responsabilidad civil, fiscal, penal y disciplinaria por incumplimiento de obligaciones derivadas del contrato. 

Así mismo, entidades estatales no podrán contratar consultorías de estudios y diseños de obra e interventoría bajo la modalidad de selección de contratación directa o través de convenios interadministrativos o contratos interadministrativos con instituciones de educación superior públicas. En cuanto a la conformación de las propuestas que se presentan para un determinado proceso, se reglamentaría que se tengan dos sobres: uno en el que se incluyan los documentos que certifican los requisitos habilitantes, y otro que contenga la oferta económica. Todo esto teniendo en cuenta lo exigido en el pliego de condiciones. 

De igual manera, se define que el plazo para subsanar las propuestas sea de 5 días hábiles. En este periodo se mantendría cerrado el sobre de la oferta económica, que se abriría el día de la adjudicación.

Finalmente, el proyecto propone que se valide y acredite la experiencia adquirida por los proponentes a través de la celebración y ejecución de contratos de derecho privado, en el Registro Único de Proponentes. 


http://www.portafolio.co/economia/infraestructura/proyecto-para-limpiar-la-contratacion-publica-501282

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