sábado, 5 de noviembre de 2016

Fallo sobre el impuesto al patrimonio favorece a empresas

Con la decisión del Consejo de Estado, cerca de 30 compañías se verán beneficiadas.

Santiago Rojas, director Dian, confirmó existencia del fallo.
Santiago Rojas, director Dian, confirmó existencia del fallo.

Al menos 30 empresas, según confirmó Pedro Sarmiento, demandante de la norma, serían beneficiadas con el fallo emitido por el Consejo de Estado y según el cual la aprobación y sanción en el 2010 de la ley que amplió la vigencia del impuesto al patrimonio no puede afectar a empresarios que firmaron contratos amparados por el régimen de estabilidad jurídica, el cual busca fomentar la inversión.

La decisión del alto tribunal ordena que se anulen “la tesis y la interpretación jurídica establecidas” en un concepto de la Dian, en respuesta a dos demandantes: “El nuevo impuesto sobre el patrimonio, creado por la Ley 1370 de 2009 y que se causa el 1.º de enero de 2011, sí es aplicable a contribuyentes que se acogieron al régimen de estabilidad jurídica”.

En 2009, el Congreso aprobó la extensión del cobro del impuesto al patrimonio hasta el año 2015.

La tesis de la Dian, expresada en un memorando firmado en el 2010 por Camilo Andrés Rodríguez –quien en ese entonces era director de gestión jurídica–, era que no se podía acudir a la figura de la estabilidad jurídica por una norma que no existía en el momento de la firma de los contratos.

Sin embargo, el Consejo de Estado considera que “La Ley 1370 no creó un nuevo impuesto al patrimonio, sino que extendió, prorrogó, la vigencia del impuesto que venía regulando la Ley 1111”.

Por eso, dice el Tribunal, “el impuesto al patrimonio de la Ley 1370 está amparado por el régimen de estabilidad jurídica de la Ley 963, por el tiempo que se pacte...”.

Y agrega el fallo. “Si el inversionista estabilizó el impuesto al patrimonio de la Ley 1111, durante la vigencia del contrato de estabilidad jurídica, el legislador no podía expedir una ley que prorrogara la vigencia de ese impuesto, menos si lo hacía con el ardid de que se trataba de un nuevo impuesto”.

En todo caso, el fallo del Tribunal lo que hace es anular la interpretación que hizo la Dian de la aplicabilidad de los contratos de estabilidad jurídica y por ahora no ordenó devolución alguna de dinero o indemnización. Sin embargo, Camilo Rodríguez, quien ya no pertenece a la Dian, expresó que el alcance del fallo llevaría a poder pedir la devolución del impuesto aportado por las empresas con estabilidad jurídica.

La Dian dice que, tras el fallo, entrará a revisar caso por caso, pues muchos de los que esperaban la decisión no pagaron impuesto.

Pedro Sarmiento estimó que las devoluciones que tendría que hacer la Dian rondarían los 2 billones de pesos, y entre las beneficiarias podrían resultar empresas como Avianca, Bavaria, Alpina y Suramericana, entre otras.


http://www.eltiempo.com/economia/empresas/fallo-del-consejo-de-estado-sobre-el-impuesto-al-patrimonio/16735215

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