sábado, 26 de noviembre de 2016

Esto es lo que puede hacer cuando no puede pagar su deuda

No pagar un préstamo a una entidad financiera puede traerle muchos problemas y es por esto que, antes de que la deuda sea más grande, lo mejor será actuar de la siguiente manera

Esto es lo que puede hacer cuando no puede pagar su deuda
Esto es lo que puede hacer cuando no puede pagar su deuda
Sin embargo, si no es de los precavidos, puede que nunca haya estimado que en algún momento se le podría presentar una situación o emergencia que le impidiera seguir cumpliendo con sus obligaciones: ya sea que se quedó sin trabajo, se le presentó algún inconveniente familiar o el negocio que inició no dio los frutos que tanto esperaba. Y, ante ello, usted creyó que la mejor opción era escondérsele al banco, no contestar llamadas o dejar esa deuda pendiente, lo que es un gran error.
En Colombia, según datos de la Superfinanciera del reporte de inclusión financiera 2015, 25 millones de adultos cuentan con un algún producto financiero de los cuales 15,4 millones tuvieron un crédito de consumo vigente. En tanto, para tarjetas de crédito, se calculaban cerca de 8,2 millones y de personas con productos de consumo 7,2millones.
Esto es muestra de cómo muchas personas adquieren un préstamo, pero muy seguramente muchos de ellos no prevén ni tienen un ahorro o no revisan de forma constante su capacidad de endeudamiento, por solicitar dinero para cosas que realmente no valen la pena.
El caso es que ante esto ya hay que asumir la realidad y esconderse, lo único que le traerá es problemas disminuyendo su calificación crediticia y negándole opciones para adquirir préstamos más adelante.
Paso a paso
Lo primero según explica el especialista en banca de la Universidad de los Andes, Alfredo Barragán, es que no deje llegar la situación a instancias mayores, pues si no paga a la entidad se comienza un proceso de cobro escalonado, en el que primero realizan llamadas, después empiezan a cobrar intereses de mora que suelen ser más altos que los ordinarios y luego, instan a reclamaciones jurídicas.

Entonces antes de que suceda todo esto, incluso, desde el momento que sepa que no podrá pagar la cuota que viene del mes, comuníquese o vaya a la entidad financiera, cuénteles su caso para así llegar a un acuerdo. Anticípese al problema y no espere a que empiecen estas reclamaciones.
Luego de esto, puede considerar alguna de las siguientes opciones que las entidades financieras pueden llegar a ofrecerle:
- Período de carencia: dependiendo el caso y las políticas de la entidad, podrá o no acceder a esta opción. Este período se lo otorgan para darle la posibilidad de que solo pague el monto de los intereses (mas no del dinero que pidió prestado). Dicho tiempo puede ser de seis meses a un año, según el caso y la entidad.
-Tasa de interés: consulte con su entidad para que le bajen el porcentaje de interés. No obstante, Barragán sugiere que es una posibilidad casi remota pero que no hay que dejarla pasar y mencionarla podría ser una oportunidad, pues de todas maneras a la entidad financiera siempre le servirá más que usted salde su deuda y se acerque a negociar; que pasar a términos jurídicos.
- ”Retanqueo”: esta opción nos comenta Barragan, permite recoger el saldo de la deuda en otro crédito más largo. Para ello, algunas entidades financieras piden que haya pasado al menos seis meses de facturación sin cancelar un solo peso. Así, si tomó un crédito por $2.000.000 pero ya pague $ 700.000, puede pedir al banco que le presten $1.300.000 para completar de nuevo $ 2.000.000; pero aplicando la tasa de interés actual.

-Ampliar el plazo: este se refiere a la reestructuración de la obligación o la forma de rediferir el crédito. Que tiene como objetivo ampliar el plazo de las cuotas y disminuir su pago, para así ayudar a que sea menor la carga financiera. Así, Sebastián Mora, director de Colectivos, Consumo y Vivienda de Bancolombia, nos pone el siguiente ejemplo:
Pedro Pérez tomó un crédito personal con las siguientes condiciones el pasado 3 de diciembre y al día de hoy ha pagado puntualmente las cuotas de su crédito:
Condiciones actuales
Valor del desembolso Inicial
25.000.000
Plazo inicial
24 Meses
Cuota actual
$ 1,239,423
Fecha desembolso
3 de diciembre de 2015
Fecha final actual del crédito
3 de diciembre de 2017
Después de la asesoría, el día 3 de julio Pedro acepta que, sobre su crédito inicial de 25 millones de pesos, de los cuales a la fecha adeuda $18.5 millones, realizar un rediferido que quedará con las siguientes condiciones:
Condiciones actuales
Saldo a Capital hoy
18,571,632
Nuevo plazo seleccionado por el cliente
36
Nueva fecha final del crédito
3 de julio de 2019
Nueva cuota sin seguros
$ 664,720.21
Diferencia en cuota
$ 574,702.79
Con este rediferido, la cuota que paga Pedro disminuyó en más de medio millón de pesos y pudo ajustar su flujo de caja para poder cumplir con sus compromisos financieros.
  • La quita: esta es una forma de negociación entre acreedor y deudor en el que se llega a un acuerdo para realizar un descuento sobre la obligación, entre el 30% y el 95% de esa deuda, teniendo la posibilidad de liquidar una fracción del total. Para poder realizar este tipo de acuerdo, debe haber estado un tiempo en mora, es decir, con suspensión de pagos.
Según el portal web de la defensa del deudor, la ‘quita’, tiene así como ventajas sus desventajas, pues a pesar de haber llegado a un mutuo acuerdo, usted puede quedar registrado en una central de riesgo crediticio (como Datacrédito) por hasta seis años. Además, en este proceso es importante exigir una carta de convenio que será el elemento que respalde la negociación.
Finalmente, Barragán recomienda a las personas que han caído en una situación como estas que “tiene que ir a buscar negociación, que no se dejen acomplejar por la primera impresión, porque puede que la primera vez que se acerque le digan que pague el 100%, entonces usted queda desanimado. Pero seguir insistiendo puede ser la clave, sin importar si es directamente con la misma entidad o con otra que le ayude a negociar”

http://www.finanzaspersonales.com.co/credito/articulo/que-hacer-si-no-puedo-pagar-una-deuda/60711?utm_source=finanzaspersonales&utm_medium=correo&utm_campaign=2016_07_25

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