sábado, 16 de enero de 2016

Tiene futuro la demanda contra el alza del salario mínimo?

La opinión de los expertos y la jurisprudencia constitucional indicarían que los argumentos podrían ser válidos.

Expertos opinan que la demanda contra el aumento del salario mínimo podría prosperar. Foto: Ministerio del Trabajo

Como era de esperarse, el aumento del 7 % que decretó el Gobierno en el salario mínimo del 2016 no dejó nada contentos a los sindicatos. Este año la reacción parece más enérgica que en otras ocasiones, pues no sólo se anuncian paros, sino que ya se prepara una demanda contra el acto administrativo que establece el alza.

El anuncio fue hecho por el secretario general de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Fabio Arias. Dijo que radicará el recurso ante el Consejo de Estado, por considerar que ese incremento salarial disminuye la capacidad económica de los hogares con bajos ingresos. No parece estar muy alejado de la realidad.

Una decisión de la Corte Constitucional prohíbe que el aumento de los salarios sea inferior a la inflación. Como el aumento fue del 7 % y el la inflación fue del 6,77 %, se cree que el incremento, aunque exiguo, no es ilegal.

Para las centrales obreras no es así. Según Fabio Arias, el alza salarial de este año es ilegal e inconstitucional porque disminuye el poder adquisitivo de los trabajadores. Para él, la prueba está en que la inflación para los sectores de bajos ingresos fue del 7,26 %, es decir 26 puntos básicos superior al aumento.

Según el sindicalista, el incremento del salario mínimo no sólo debe tener en cuenta el porcentaje de la inflación en general. También debe tener presente el de la inflación para hogares de bajos ingresos. Si el aumento en la paga para estos trabajadores es menor a este este último, se trataría de una actuación ilegal, insiste Arias.

Parecido opinan constitucionalistas consultados por Semana.com. Un exmagistrado de la Corte le dijo a este portal que el incremento del 7 % no sólo es un mal mensaje para los trabajadores, sino que podría ser ilegal. Indicó que si el cálculo del costo de vida para quienes viven de bajos ingresos es superior a su capacidad de pago, el decreto del alza salarial debe salir del ordenamiento.

La Corte Constitucional ya se había pronunciado sobre esa eventualidad. Lo hizo en el 2001, al advertir que si bien es viable que en épocas de crisis se tomen medidas que mengüen la capacidad de pago de quienes ganan salarios altos, en ningún caso se puede afectar el poder adquisitivo de trabajadores de bajos ingresos.

Eso significa que ninguna decisión de las autoridades puede originar que quienes ganan el salario mínimo disminuyan su capacidad de compra.

Así las cosas, si se demuestra que con el aumento del 2016 no se alcanzan a cubrir los mismos gastos que estos hogares tenían el 2015, el decreto se tendrá que caer.

Lo cierto es que son los jueces quienes deberán analizar si en este caso se cumple la prohibición de la que habla la Corte Constitucional. La decisión estará en manos de los magistrados del Consejo de Estado. 

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