martes, 23 de febrero de 2021

[Guía] Rentas exentas para empresas de economía naranja

La Ley de financiamiento 1943 de 2018 estableció, a través de su artículo 79, las rentas exentas que tendrán lugar por el año gravable 2019.

Para el caso de las empresas de economía naranja, el incentivo tributario aplicará para las actividades señaladas en el numeral 1 del artículo en mención.

Aunque la Corte Constitucional declaró inexequible la Ley 1943 de 2018, dicha decisión solo fue aplicable a partir del 1 de enero de 2020, por lo que para el período gravable 2019 se tendrán que aplicar sus disposiciones. Con esto en mente, en el siguiente formato podrá ubicar las rentas exentas para las empresas de economía naranja por el período gravable 2019.

El artículo 79 de la Ley de financiamiento 1943 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 235-2 del Estatuto Tributario –ET–, establece las rentas consideradas como exentas por el año gravable 2019. Para el caso de las empresas de economía naranja, se indica que los incentivos tributarios sobre las rentas provenientes del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas tendrán un término de 7 años, siempre que dichas sociedades cumplan con los requisitos establecidos por la ley, entre los que cabe mencionar que las sociedades deben tener su domicilio principal dentro del territorio colombiano, y su objetivo social exclusivo debe ser el desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico o actividad creativa.

Adicionalmente, la norma señala que las sociedades deben estar constituidas e iniciar actividades económicas antes del 31 de diciembre de 2021, y sus actividades deben encontrarse dentro de la lista que califica para optar por este incentivo. Al digitar el código de la respectiva actividad en la casilla azul de esta herramienta podrá verificar si usted puede acceder a este incentivo tributario. No obstante, en la segunda hoja de nuestro archivo de Excel puede consultar los códigos de las actividades que figuran para este beneficio.

Ahora bien, si desea consultar las condiciones para el año gravable 2020, le recomendamos revisar el artículo 235-2 del ET, luego de ser modificado por la Ley de crecimiento económico 2010 de 2019 (en cuanto a al contenido de este formato, la información para el año gravable 2020 es la misma, solo que se incluyen como actividades calificadas para optar por este incentivo por dicho período y los siguientes las relacionadas con deporte, recreación y aprovechamiento del tiempo libre).

 Incentivos tributarios para la economía naranja (actualicese.com) 

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