martes, 3 de febrero de 2015

El trabajo de aplicar la tributaria este año

Para la declaración y pago del impuesto a la riqueza, la Dian elaborará un formulario especial. Este gravamen será incluido en el decreto 2623 del 2014.

Según el jefe de la Dian, Santiago Rojas, cobrar el impuesto a la riqueza para personas naturales y jurídicas y la sobretasa al Cree no implicará grandes cambios.

La aplicación a partir de este año de los gravámenes aprobados en la más reciente reforma tributaria, como el impuesto a la riqueza (para empresas y personas naturales), la sobretasa al Cree, la prolongación del 4 por mil, entre otros, no sería una tarea tan compleja para los funcionarios de la Dian.
Así lo prevé el director de la entidad tributaria, Santiago Rojas Arroyo, quien contó a Portafolio que uno de los primeros pasos será incluir en el decreto 2623 de 2014 (el cual establece pagos para declarar y pagar impuestos en el 2015) el recién aprobado gravamen a la riqueza para el cual la Dian elaborará un formulario especial.
Según ese decreto, los grandes contribuyentes tendrán que declarar renta entre el 3 de marzo y el 27 de abril de este año. Entre tanto, las personas naturales (como empleados y trabajadores por cuenta propia) deberán cumplir con esta misma obligación desde el 3 de marzo hasta el 21 de octubre teniendo presentes los dos últimos dígitos de sus NIT.
“Para las personas naturales se hicieron ajustes. Se habían presentado problemas porque las normas no eran claras”, comentó Camilo Rodríguez Vargas, director de Impuestos y Servicios Legales de la firma KPMG.
En cuanto a la sobretasa del impuesto Cree (la cual se aplicará este año a las empresas que tengan utilidades anuales mayores a $800 millones), el director de la Dian dejó claro que esta se pagará en los mismos plazos en los que las compañías deberán cumplir con los aportes del Cree.
Lo anterior significa que la sobretasa que tributarán los empresarios este año irá atada a la declaración y pago de la primera cuota del Cree. Esto se hará entre el 14 y el 27 de abril próximos.
Al referirse al pago del 4 por mil –el cual se extenderá hasta el 2018 y comenzará a desmontarse de manera gradual en el 2019–, Rojas precisó que este continuará haciéndose de manera semanal.
“En los temas de procedimiento no hubo modificaciones sustantivas”, manifestó el directivo de KPMG, quien explicó que una de las tareas pendientes de la autoridad tributaria es la puesta en marcha del impuesto de normalización tributaria el cual, según la reforma, busca que los contribuyentes que hayan omitido activos se pongan al día.
Pedro Sarmiento Pérez, socio director de la división de Impuestos y Asuntos Legales de la firma Deloitte, señaló que con la reforma hay que tener en cuenta que las cooperativas deberán calcular su impuesto a la riqueza sobre su patrimonio neto y “podrán deducir de la base gravable los aportes”.
Agregó que las empresas que deben cumplir con la obligación del impuesto a la riqueza deben tener en cuenta que este gravamen es por tres años y no por cuatro, como corresponde para las personas naturales.
“El principal problema es que (con la reforma) la economía pierde competitividad, lo cual se reflejará en la disminución de las tasas de crecimiento y en especial, en el desvío de la inversión extranjera directa a otras naciones”, agregó el experto.
Otro asunto a tener en cuenta, concluye Sarmiento, es que las condiciones especiales de pago aprobadas en la reforma pueden aplicar para las deudas de impuestos, tasas y contribuciones de carácter territorial “sin necesidad de que los Concejos y asambleas incorporen mediante acuerdo u ordenanza las respectivas normas”.

EL RUT ESTARÁ VIGENTE PARA ESTE AÑO 
La Dian informó que como lo establece el decreto 2460 del 2013, el Registro Único Tributario (RUT) no pierde vigencia para el 2015. Según la autoridad tributaria, este documento deberá actualizarse en caso de que los datos personales (como identificación y ubicación) y los datos comerciales (como actividad económica) tengan modificaciones.

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