jueves, 9 de abril de 2020

Los dos días sin IVA en Colombia serán en julio y octubre: Dian


Las fechas exactas sin IVA, se conocerán días antes.



Luego de que el Congreso de la República expidiera la Ley 2010 de 27 de diciembre de 2019, que establece excepción del impuesto sobre las ventas, IVA, sin derecho a devolución en el país, la Dian anunció las fechas en las que se aplicará el beneficio.

“La idea es que sea en meses o momentos de bajo comercio, donde se necesita esta herramienta para activar la economía”, explicó Jorge Andrés Romero Tarazona, director de la Dian.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución estableció que un día de los meses de julio y octubre habrá exención del impuesto sobre las ventas – IVA en el 2020.

“Las fecha exactas se darán a conocer unos días antes, para que los comerciantes o quienes quieran abusar de la norma no tengan el tiempo de desplazar consumo para ese día; sino generar consumo adicional. La idea, es que esto sea un gana gana, para la administración, los comerciantes y los consumidores”, añadió Romero.

La medida también determina las fechas para el 2021, que quedó fijada en tres días que se aplicaran en los meses de enero, julio y octubre, “el primer día será en julio de este año, porque un estudio que hicimos arrojó que los comerciantes necesitan desarrollar sus sistemas informáticos para cumplir con la norma y nosotros necesitamos avanzar en el tema de masificación de la factura electrónica”.

“La idea es reactivar a mediano y largo plazo la economía más sana. En la medida en que haya mayor consumo y más desarrollo económico tendremos un dinamismo más estable físcalmente”, agregó el director de la entidad.

Esta resolución tiene restricciones para algunos productos como electrodomésticos cuyo valor no supere el $1.400.000, útiles escolares y ropa con precios no superior a los 105 mil pesos y no se aplica para materia prima, como telas.

“La clave de este tema es generar incentivos para quienes emitan consultas electrónicas. Una de las formas de seguir en la lucha contra la evasión y la informalidad, es lograr que la gente pague todo por medios electrónicos y la Dian tenga en tiempo real esta información”

Artículos deportivos y juguetería, también tiene una directriz que se establece en costos inferiores a los 350.000 y $175.000 pesos, respectivamente.

“No aplicará para plataformas electrónicas. Se debe realizar en el local comercial o físico y se debe hacer con factura electrónica y pago digital para identificar que se trata de una persona y no se excede en el numero de productos que compró”.

Productos que no se cobijarán con la excepción del IVA son por ejemplo; bicicletas, triciclos para adultos, artículos de fiesta, artículos recreativos, programas informáticos y programas software.


https://www.rcnradio.com/economia/los-dos-dias-sin-iva-en-colombia-seran-en-julio-y-octubre-dian

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