domingo, 5 de agosto de 2018

Renta, IVA y matrículas, las cuentas del segundo semestre



Conozca el calendario tributario. En agosto, septiembre y octubre declaran renta las personas naturales. Expertos recomiendan planificar y no endeudarse. El impuesto de Industria y Comercio va hasta enero del 2019. 

Comenzó el segundo semestre del 2018 y con este el pago de impuestos, correspondientes al calendario tributario y académico. 

Un aspecto clave para planificar las finanzas personales y comerciales es revisar la carga tributaria que tendrá, al sumar el pago del impuesto de renta, la declaración y el pago del impuesto a la riqueza y del IVA, la retención en la fuente, el impuesto nacional al consumo, el impuesto a la gasolina y al Acpm, el impuesto nacional al carbono, el predial y el tributo de Industria y Comercio (ICA). 

También se suman las obligaciones como las matrículas de los colegios de calendario B y las pensiones de instituciones de calendario A. 

Gladys Mireya Contreras, contadora y asesora de finanzas, recomendó revisar las páginas web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y de las alcaldías municipales para verificar el tipo de impuesto que debe pagar y la fecha. "Es importante disponer de tiempo y dinero para pagar, y mantener la cultura del pronto pago. Son obligaciones que se deben efectuar y por ende, no se pueden postergar porque acarrean multas", advirtió. 

Germán Cristancho, gerente de investigaciones económicas de Davivienda Corredores, también recalcó que si estas obligaciones no se planean pueden generar mayores endeudamientos en los hogares. "Programar los pagos es vital para el bolsillo y para no tener sorpresas. Aunque el endeudamiento no está en niveles bajos ni alarmantes, es mejor ser prudentes", dijo. 

Impuesto sobre las ventas 

Para este mes, las cuentas que usted tiene que hacer incluyen la declaración y pago del impuesto sobre las ventas. Las fechas que debe tener presente van del 16 al 24. Y para saber qué día le corresponde tributar, mire su último dígito del NIT. (Ver infográfico). 

Declaración y pago para personas naturales 

En agosto, septiembre y octubre, la declaración y pago para personas naturales se realiza de acuerdo con los dos últimos dígitos del documento. En agosto, por ejemplo, si sus dígitos terminan en 99 y 00 le corresponderá cancelar el día 9. En septiembre, si termina en 67 o 68 será el tercer día del mes, y en octubre si finalizan en 01 y 02 será el 19. 

Impuesto a la riqueza 

Si tiene que pagar impuesto a la riqueza, tenga en cuenta que este se hace en dos cuotas iguales. El primero se canceló en mayo, y el último corresponde a septiembre. Las fechas las podrá revisar en la página de la DIAN. 

Industria y Comercio 

El ICA se paga desde julio y va hasta enero del 2019. Las cuotas del impuesto predial continúan en julio y terminan en noviembre. 

Matriculas y pensiones 

Otro gasto relevante es el de los costos de los colegios de calendario B. Si su hijo pertenece a esta modalidad, que se inicia en septiembre, es vital revisar los gastos de matrículas y pensiones, según la institución educativa, además del costo de la nueva lista de cuadernos. Las pensiones de los colegios privados de calendario A se fijan de acuerdo con dos variables: el grupo del Índice Sintético de Calidad Educativa (Isce), según la clasificación del establecimiento educativo, y el régimen de matrícula - pensiones. Se suma el rango de libertad regulada por acreditación o certificación del colegio. 

Los gastos agregados como uniformes, textos, útiles, los planteles educativos no pueden incurrir en prácticas restrictivas de la competencia, exigiendo proveedores o marcas específicas. 

Retención a la fuente 

Los agentes de retención del impuesto sobre la renta, de timbre y sobre las ventas, así como los autorretenedores de renta deben declarar y pagar mensualmente las retenciones efectuadas en cada mes, en las siguientes fechas: 

Junio: entre el 10 - 24 de julio 

Julio: entre el 9 - 23 de agosto 

Agosto: entre el 11 - 24 de septiembre 

Septiembre entre el 9 - 23 de octubre 

Octubre: entre el 9 - 23 de noviembre 

Noviembre: entre el 10 - 21 de diciembre 

*Diciembre: entre el 11 - 24 de enero del 2019 


Tenga en cuenta 

Jorge Iván Orozco, presidente del Centro de Contadores Públicos de Manizales, recomendó: 

* Las personas deben asesorarse, porque la nueva estructura de presentación de las declaraciones tributarias se efectúa de forma cedular. 

* Depurar las rentas conforme a cada una de las cédulas, es decir, depende si son rentas de trabajo, de capital o de trabajo independiente. 

* Si hay duda, acercarse a la DIAN o a los profesionales competentes (contadores o abogados tributaristas), estos lo acompañarán o darán una mínima asesoría. 

* Como no es simplemente llenar un formulario, si no que se debe hacer una depuración, debe tener a la mano la documentación o soportes. 

* No todos los que deben declarar pagan impuestos, pero no declarar significa pagar sanciones. Por eso, la invitación es a presentarla de acuerdo con las fechas estipuladas por la DIAN.


http://www.lapatria.com/economia/renta-iva-y-matriculas-las-cuentas-del-segundo-semestre-419685

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