jueves, 23 de agosto de 2018

Radiografía de casos para la nueva declaración de renta

La Dian dejó claro qué ingresos deberán ser reportados y a través de cuál de las clasificaciones creadas en la más reciente reforma tributaria.


Entre el 9 de agosto y el 19 de octubre se cumplen los vencimientos para declarar y pagar renta. 

A poco más de dos semanas de que inicien los vencimientos para declarar y –si es el caso– pagar renta, las nuevas reglas de juego siguen siendo un poco difusas.

Por lo anterior, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) expidió el Concepto General Unificado 0912 con el fin de darle claridad a los contribuyentes sobre qué información deben presentar en situaciones específicas.

Casos como dividendos, participaciones accionarias, bonificaciones, comisiones e ingresos no constantes hacen parte del ‘Vademecum’ expedido por la entidad tributaria, con el fin de ayudar a que las personas no evadan, ya sea por acción u omisión.

Sumado a lo anterior, la entidad y los gremios del sector están en plan de sensibilizar a los 2,6 millones de potenciales declarantes para esta vigencia, teniendo en cuenta que la reforma tributaria del 2016 le introdujo varios cambios al trámite y creó el sistema cedular.

“Esta nueva clasificación creó cinco tipos de cédulas, para cada una hay unas limitantes que son más restrictivas y, por ende, se delimitan aún más beneficios tributarios; en otras palabras, entre otras cosas, estos cambios deberían traducirse en un mayor recaudo”, explicó Miguel Ángel Fandiño, docente de la especialización en Gerencia Tributaria de la Universidad Central.

En efecto, en su reglamentación, la Dian les ‘dio vida’ a las rentas: de trabajo, pensiones, capital, no laborales y de dividendos y participaciones, para cada una de las cuales las personas deben reportar sus ingresos recibidos durante el año pasado.

Asimismo, en el caso particular de los movimientos financieros, la cifra a reportar se redujo y quedó equiparada a $44,6 millones anuales, y no los más de $143 millones de años anteriores.

Por su parte, Fandiño agregó que también es clave tener presente que las personas que son residentes fiscales en Colombia y tienen activos en el extranjero son responsables, además, de la declaración de activos en el exterior, cuyos vencimientos tienen las mismas fechas de la renta normal. La Dian estima que sean 2,6 millones las personas naturales que presenten su declaración de renta para el año gravable 2017, cuyo recaudo está proyectado en $2 billones, “una vez descontadas las retenciones en la fuente, anticipos y saldos a favor”. 

A continuación, algunas de las rentas y su explicación sobre a qué categoría pertenecen, aunque se recomienda revisar el concepto unificado para casos más puntuales. 

Comisiones recibidas durante el año 2017: depende de cómo se llevó a cabo el servicio prestado, pueden ser rentas laborales o no laborales: si se incurre en costos, la actividad es empresarial o comercial y se contratan al menos 2 personas, podrán considerarse rentas no laborales. 

Cotización voluntaria al Rais de pensiones: las cotizaciones voluntarias al Rais no constituyen renta ni ganancia ocasional, pero si estas se hacen a seguros o fondos de pensiones privados, se considerarán como una renta exenta. 

Dividendos recibidos por las participaciones: con el nuevo sistema se creó la cédula de rentas de dividendos y participaciones, que será aplicable solamente a las utilidades generadas a partir del año gravable 2017, según el concepto de la Dian. 

Auxilios percibidos por las cesantías: la renta exenta aplica si estos son recibidos por personas cuyos ingresos promedios de los últimos 6 meses no supere los $11,6 millones (350 UVT). Si está por encima, su declaración y pago se haría en la cédula de rentas de trabajo. 

Indemnizaciones por despidos injustificados y bonos de retiro: los ingresos por indemnización por despido injustificado o bonos de retiro deben incluirse en rentas de trabajo, y que a estas también le aplica el límite general para las rentas exentas y deducciones, es decir, se podrán aplicar siempre que no excedan las 5.040 UVT. 

Valor a descontar por aportes mensuales para la salud: independiente del procedimiento de retención aplicado, el valor a disminuir por aportes obligatorios a salud corresponde al aporte que hace el trabajador en el respectivo mes, ya sea si ese monto fue descontado por el patrono o si se pagó de forma independiente. 

Máximo a reducir de intereses de préstamos para viviendas: en el Estatuto Tributario quedó contemplada la deducción a restar de la base de retención de los préstamos que se hacen para comprar viviendas, y en este caso, las leyes y normas expedidas coinciden en que esta es de $3,3 millones para este año (100 UVT). 

No residentes con ingresos de $3’8 millones mensuales: los no residentes solo están obligados a declarar sobre sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional y respecto de patrimonio poseído en el país; en este caso, es clave determinar si la persona es o no residente fiscal, es decir, si es o no contribuyente permanente. 

Apoyos económicos con recursos públicos: son recursos entregados por el Estado o financiados con recursos públicos y pueden ser declarados en rentas no laborales o de trabajo, si en el último caso el apoyo fue otorgado en razón a una relación laboral o legal. 

10 
Rendimientos aportes voluntarios a pensión: los intereses de estos ingresos deben declararse como rentas de capital, aunque los rendimientos como tal deben relacionarse solo cuando se retiren y se analice si cumplen o no los requisitos para quedar exentos de los pagos. 

11 
Aportes de independientes al sistema de riesgos laborales: debido a que en este caso hay diferentes normativas o variables que se pueden cruzar, la Dian interpretó que el monto total del aporte que el trabajador independiente debe hacer a este sistema es no constitutivo de renta ni ganancia ocasional. 

12 
Ingresos foráneos recibidos por un residente fiscal local: todos los ingresos de esta materia deben declarase, pero en qué cédula depende de la fuente: por ejemplo, si se trata de un salario, irá en rentas de trabajo, tal y como sucede como los salarios naturales cuya fuente es el territorio nacional.


http://www.portafolio.co/economia/radiografia-de-casos-para-la-nueva-declaracion-de-renta-519347

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