lunes, 18 de abril de 2016

Que no lo engañen con el aumento del arriendo

Una vez anunciado el tope máximo que se puede hacer para incrementar el valor del arriendo, Finanzas Personales le cuenta las reglas que debe tener en cuenta y cómo hacer que le salga más barato.

Que no lo engañen con el aumento del arriendo 

Este año el panorama económico no se ve muy favorable. Todo subió y aunque el incremento en el salario mínimo pareciera ser alto (si se le compara con años anteriores), realmente lo que hace es que usted siga manteniendo la misma capacidad de compra, porque todos los productos y servicios también van a aumentar este año en la misma proporción.
Recordemos que en Colombia cerca de 17 millones de personas viven en arriendo y, además, el país está posicionado como el primero en Latinoamérica con mayor cantidad de personas que viven en esta modalidad; por lo que cualquier noticia que salga relacionada con esto, puede tener un importante impacto en el presupuesto de un colombiano.
Recordemos que, recientemente, el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas, DANE, anunció que la inflación de 2015 fue de 6,77%; un valor que establece una referencia para varias modificaciones este año; entre ellas, el tope máximo del arriendo. 
No olvide que…
  • Los aumentos están determinados por el artículo 20 de la Ley 820 de 2003, en el cual se establece que para contratos suscritos después del 10 de julio de 2003, el reajuste del canon de arrendamiento de vivienda urbana destinada a vivienda no podrá ser superior al 100% del incremento del Índice de Precios al Consumidor
  • Pero si su caso es que aún tiene un contrato de arriendo suscrito antes del 10 de julio de 2003, el incremento del canon de arrendamiento no podrá ser superior a la meta de inflación fijada por el Banco de la República para la vigencia 2016, por lo que el reajuste del valor de arrendamiento de este tipo de contratos no podrá superar el 3% del valor del canon. 
  • El incremento del canon es aplicable sólo al momento de la renovación del contrato de arrendamiento, evento ante el cual el arrendador deberá informarle al arrendatario con respecto al valor del aumento y a la fecha a partir de la cual será efectivo, a través del servicio postal autorizado o mediante el mecanismo de notificación establecido en el contrato de arrendamiento.
¿Si me sale más caro?
Usted puede hacer una negociación con su actual arrendador para establecer en cuánto podría estar el nuevo canon de arrendamiento. No obstante, también aquí le dejamos un truco: “El valor puede ser  inferior, pues estamos en un momento en el que vamos a negociar algunos cánones de arrendamiento, pero también hay una oferta interesante en el mercado, lo cual va a hacer que el mercado se mueva hacia arrendamientos más económicos y sabiendo hoy que todos los precios de la canasta se incrementaron tanto, para el mercado existen otras posibilidades que es tomar apartamentos más económicos”, señaló la presidenta Ejecutiva de la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz, FEDELONJAS, María Clara Luque.
Esto lo que traduce es que si usted considera que está pagando un arriendo muy costoso, podrá tener la opción de mirar nuevamente en el mismo sector donde tiene su actual contrato, ya que podría encontrar algunas oportunidades más económicas.

Lo que sucede es que a una inmobiliaria o un arrendador directo no le conviene tener su inmueble vacío. Esto hace que, evidentemente, se pierda dinero. En algunas cifras, según Fedelonjas, existe una desocupación de:
CIUDAD
ESTRATO
MESES DE DESOCUPACIÓN
Bogotá
6
6
5
5 y 6
4
3,6
Medellín
5
4,1
4
5,2
Cali
6
3,9
5
3,4
4
2,8
Barranquilla
6
3,5
5
3,2
4
2,5
“Pero esto también depende mucho del valor del inmueble. Si se exceden los valores al valor del inmueble (que es máximo del 1% del valor comercial del inmueble)” añadió Luque. La estrategia está en que usted aproveche herramientas virtuales y consulte cuánto puede estar costando un apartamento o una casa por el sector que quiere averiguar, para saber si el canon de arriendo sí es el que corresponde. Esto le puede ayudar a determinar que, en algunos casos, muchos propietarios pueden llegar a querer cobrar más de lo que deben, por lo que usted tiene herramientas de decisión financiera importantes que puede poner a su favor.
¿Si me aumentan más de lo permitido?
Legalmente no se puede incrementar más del IPC, como ya se lo mencionamos. No obstante, si usted tiene algún inconveniente y su arrendador quiere hacer un incremento mayor del que es, usted puede poner la respectiva queja o reclamo. “Existen las lonjas en cada una de las ciudades. En la federación se recibe este tipo de información, pero realmente, es mejor acudir a la lonja de propiedad raíz establecida por la federación”, aconseja la directiva de Fedelonjas.

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