jueves, 10 de mayo de 2018

Estos son los cambios para quienes trabajan por prestación de servicios

Tras el fallo del Tribunal de Cundinamarca, el Gobierno tendrá que reglamentar que el pago de los aportes de seguridad social de quienes trabajan por prestación de servicios se haga mes vencido. 

 
Ángélica Lozano, congresista 

Los colombianos que trabajan a través de contratos por prestación de servicios tendrán que enfrentar un cambio que dará un giro a sus finanzas. Un reciente fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca le dio cuatro meses al Gobierno para que reglamente el artículo 135 del Plan de Desarrollo, aprobado en el 2015.

De entrada, significa un ajuste radical a la forma en la que funciona el proceso. Para que un independiente contratado con esta figura pueda presentar una cuenta de cobro, primero tiene que pagar una planilla con sus aportes de seguridad social (EPS, fondos de pensiones y administradoras de riesgos laborales). El artículo exige que ese pago debe hacerse mes vencido, después de recibir el desembolso de sus honorarios y debe ser descontado por las entidades contratantes.

“Lamento que en Colombia nos toque recurrir a un tribunal para que el Gobierno cumpla su propio plan de desarrollo, una Ley de la República. La lucha grande es por acabar la esclavitud moderna, esa es la lucha de fondo estructural y es gigantesca. Este fallo apunta a un detalle, a un alivio y estamos dando esa lucha con mucha gente”, le dijo a Dinero la congresista Angélica Lozano (Partido Verde), que encabezó la demanda que dilucidó el fallo.

Esta propuesta surgió por parte del Gobierno, cuando presentó el Plan de Desarrollo y se convirtió en ley. Sin embargo, en ese momento quiso eliminar el artículo, pero los congresistas lo sacaron adelante.

“Esto es solo un alivio. La pelea de fondo es que no se abuse de la figura de prestación de servicios, que es válida para trabajos temporales, no para trabajos permanentes, como la están usando. Ese es el problema. Disfrazan de temporal lo que es laboral y se descargan de las responsabilidades laborales, que son conquistas del siglo pasado”, agregó.

La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), que se encarga de monitorear y controlar la obligación del traslado de los aportes al Sistema de Protección Social, le aseguró a Dinero que recibe este fallo de manera positiva, porque les permitirá a los aportantes independientes contribuir con sus obligaciones “de forma oportuna, clara y precisa, declarando sobre los ingresos reales del mes”.

“Las entidades que están llamadas a hacer esta reglamentación son el Ministerio Hacienda, Ministerio de Trabajo y Ministerio de Salud. Estamos atentos a aportar desde nuestro conocimiento y experiencia toda la información y apoyo que los ministerios requieran”, señaló Gloria Inés Cortés, directora de la UGPP.

Según esa entidad, 3’500.000 colombianos es el número estimado de independientes obligados a cotizar al Sistema de Protección Social; sin embargo, solo 1’800.000 le están aportando al sistema.

Esto representó una evasión por parte de los independientes de $10,1 billones en 2012; $4,8 billones en 2016 y $5,9 billones en 2017. La evasión total al sistema fue de $15,6 billones en 2012 y $7 billones en 2016. Según el Ministerio de Salud, cerca de 800.000 personas que cotizan a los sistemas como independientes lo están haciendo a través de la figura de contrato de prestación de servicios.

Contratistas seguirían a cargo

En efecto, el fallo tiene dos partes. Una es que el pago sea mes vencido y la otra es que ese pago lo descuente el contratante y no lo pague el contratista, como viene sucediendo.

Dinero conoció que el Gobierno ya está trabajando en reglamentar pronto este proceso vía decreto, pero con una particularidad.

Buscará sustentarle al Tribunal que sí acatará que el pago de los independientes sea mes vencido y no anticipado, pero no que el pago lo haga el contratante, sino que lo sigan haciendo los contratistas. El argumento es que cambiar los sistemas de nómina haría más complejo el proceso de transición.

Si fluyen los tiempos, la transición definitiva al nuevo proceso entraría a regir a partir de agosto. Se desconoce cómo quedaría el proceso de cobro por parte de los contratistas, pero hay varias opciones.

Una podría ser que los contratistas presenten sus aportes de seguridad social luego de recibir el desembolso del pago de sus honorarios, otra sería que presenten la cuenta de cobro con la planilla del mes anterior.

Germán Linares, especialista en Seguridad Social de Simple; Gloria Inés Cortés, directora de la UGPP y Carolina Porras, asociada principal de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría.

Lo que está claro es que quienes trabajan en la reglamentación están buscando garantizar que los contratistas tengan acceso a las coberturas desde el momento que inicie el contrato, aunque el pago se haga mes vencido.

Para la abogada Carolina Porras, con experiencia en litigios laborales y asociada principal de la firma Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría, esta medida será beneficiosa para el sistema, porque ayudará a evitar la inexactitud en el pago de los aportes. Cree que los inconvenientes que se presenten dependerán de la reglamentación definitiva del nuevo procedimiento.

Advierte, por ejemplo, que en la cobertura del sistema de salud podría haber un cambio sustancial en caso de que la reglamentación no logre garantizar la prestación del servicio desde el principio, porque, si bien los afiliados podrían acceder a todos los servicios de salud desde la fecha de su afiliación, según la ley, las prestaciones serán reconocidas por las entidades una vez el afiliado haya realizado la primera cotización.

Si esto ocurre así, “el trabajador dependiente o el independiente que realice el pago mes vencido, durante el primer mes de afiliación, podrá acceder exclusivamente al servicio de urgencias. A partir del mes y una vez efectuado el primer aporte, tendrá acceso a los demás servicios del Plan Obligatorio de Salud”, resalta Porras.

Por otra parte, Germán Linares, experto en seguridad social del operador de aportes Simple, coincide con que hay que esperar la reglamentación del Gobierno para tener claros cómo serán los nuevos procesos.

“Siento que este cambio será positivo para los contratistas y para los contratantes. Actualmente hay sanciones para los contratantes cuando los contratistas evaden el pago de los aportes, esto se reducirá con los nuevos procesos”, anotó Linares.

Los trabajadores que deben presentar cuentas de cobro están a la expectativa de esta normativa. El Gobierno debe agilizar este trámite para superar la incertidumbre lo más pronto posible.


https://www.dinero.com/edicion-impresa/pais/articulo/cambios-para-contratistas-por-prestacion-de-servicios/257217

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